En muchas ocasiones durante nuestras actividades comerciales sucede que cobramos un ingreso en determinado mes pero por “x” o “z” razón el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) no se emite en el mismo sino en el siguiente mes; originado con esto la siguiente pregunta: ¿En qué mes se debe declarar el ingreso cobrado, en el mes de cobro, o en el siguiente en el que se emitió la factura?
Definitivamente que tenemos que elegir en donde declarar el ingreso cobrado; sin embargo, esta situación perse derivara en diferencias con lo determinado por el SAT en sus bases de datos.
Y es que considerando el cobro del ingreso como uno de los momentos de acumulación (1)Se expida el comprobante que ampare el precio o la contraprestación pactada, 2) Se envíe o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio, 3) Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos) -el que se dé primero | artículo 18 LISR-, se tendría que declarar el ingreso cobrado en el mes que efectivamente se cobró y no en el mes en que se haya emitido el CFDI (mes siguiente), toda vez que como se mencionó, el cobro del ingreso será el supuesto que ocurrió primero.
Pudiera darse la presunción de que aun cuando fue cobrado no se tiene el comprobante -CFDI- y por lo tanto lo lógico sería que debería declararse cuando se cumpliera también este requisito, por lo que se pudiera argumentar que la acumulación del ingreso no sería en el momento en que efectivamente se cobró -aun cuando fue lo que ocurrió primero- sino cuando se emitió el CFDI porque es hasta ese momento en que ya se tiene tanto el cobro como el comprobante; sin embargo, para combatir esta postura podríamos traer a colación el artículo 27 fracción XVIII LISR que en su parte medular establece que el comprobante fiscal se puede obtener a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración anual; en ese sentido podría considerarse que aun no teniendo el comprobante fiscal -pero con la salvedad antes señalada- podemos considerar acumulable el ingreso en la fecha en que se cobró teniendo la facilidad de obtener el comprobante a más tardar el día en que se deba presentar la declaración anual del ejercicio, sin perder de vista que el comprobante debe contener la fecha del ejercicio que se declara.
Veamos un ejemplo para ver los posibles escenarios:
- INGRESO POR 3 MILLONES COBRADO EN SEPTIEMBRE PERO EL CFDI SE EMITIO EN EL MES (SIGUIENTE) DE OCTUBRE CON EL MÉTODO PUE.
¿Qué pasaría si el ingreso se declara en el mes en que se cobró (Septiembre) pero que no se emitió el CFDI?
SI SE DECLARA EN SEPTIEMBRE |
Bases de Datos
del SAT |
Según declaración
de la Empresa |
Diferencias |
Para el SAT
en septiembre según CFDI |
No hay CFDI |
3,000,000 | 3,000,000 |
Para el SAT
en octubre según CFDI |
3,000,000 |
No se declara ingreso |
– 3,000,000 |
¿Qué pasaría si el ingreso se declara en el mes en que se emitió el CFDI (Octubre) y no en el mes en que se cobró?
SI SE DECLARA EN OCTUBRE |
Bases de Datos
del SAT |
Según declaración
de la Empresa |
Diferencias |
Para el SAT
en septiembre según CFDI |
– | – | – |
Para el SAT
en octubre según CFDI |
3,000,000 | 3,000,000 | – |
Con la finalidad de que no se deriven diferencias para el SAT entre lo declarado y los CFDI emitidos lo más conveniente -siguiendo el ejemplo anterior- seria declarar el ingreso cobrado (en septiembre) en el mes de octubre cuando se emitió el CFDI.
Ahora bien, ¿Qué pasaría si el SAT auditara el mes de septiembre y detectara el depósito por el cobro de los 3 millones de ingresos?
Sin duda, hay que evaluar los riesgos de cada opción para enmendar la omisión por la no expedición del CFDI derivado los ingresos cobrados.