Cuando la autoridad fiscal está ejerciendo sus facultades de comprobación a través de una revisión de gabinete, de visitas domiciliarias o a través de una revisión electrónica y detecta hechos u omisiones que deriven en el pago de contribuciones, deberá informar por medio de buzón tributario al contribuyente, en un plazo de al menos 10 días hábiles previos al del levantamiento de la última acta parcial, del oficio de observaciones o de la resolución definitiva en el caso de revisiones electrónicas, el derecho que tienen para acudir a las oficinas que estén llevando a cabo el procedimiento de que se trate, para conocer los hechos y omisiones que se les haya detectado.
En estas reuniones la autoridad te indica que te puedes autocorregir; es decir, que pagues los impuestos y accesorios derivado de los hechos u omisiones que encontró durante su revisión, y en muchas ocasiones te hace una “oferta” para que te autocorrijas.
La “oferta consiste en indicarte que de la cantidad total te hará una rebaja y pagaras una cantidad menor, manifestandote que te “considerara” como correcto ciertas observaciones que inicialmente te habia comentado que representaban omisiones.
Muchos clientes y amigos me preguntan si realmente el SAT te hace esas “rebajas”; la respuesta es NO.
En realidad esas “observaciones” que te señaló desde un inicio, son “observaciones” que realmente cuentas con los elementos para desvirtuarlos, pero te los señala para hacerte creer que te estan hacienado una “rebaja”.
Ahora bien, si no te autocorriges con esa “rebaja” ellos continuaran con el levantamiento de la última acta parcial, el oficio de observaciones o la resolución definitiva en el caso de revisiones electrónicas, plasmando el total de las observaciones que inicialmente te mencionaron en la reunión; es decir, sin considerar la “oferta” o “rebaja”.
En otras palabras, la oferta consiste en darte por bueno algo que tu puedes comprobar si aportas la documentación correcta y haces los argumentos precisos con el fundamento legal que lo soporte (porque ellos saben que realmente tienes la razón).
Recuerda, el SAT no puede “condonarte” alguna “irregularidad”, lo que hacen es algo asÍ como “subirle el precio” para luego hacerte creer que te dan una “rebaja”.