Description
La Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 establece que las personas físicas o morales que proporcionen servicios especializados o ejecuten obras especializadas deben contar con un registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
En cumplimiento a dicha disposición, te apoyaremos realizar tu solicitud de registro al Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas.
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