Las deducciones personales son gastos que los contribuyentes pueden restar de sus ingresos acumulables al momento de presentar su declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta herramienta permite a las personas físicas disminuir la base gravable sobre la que se calcula el Impuesto Sobre la Renta (ISR), lo que puede resultar en un menor impuesto a pagar o incluso en una devolución a favor.
Entre los principales gastos deducibles se encuentran los gastos médicos, como honorarios médicos, dentales y de enfermería, así como gastos hospitalarios y medicamentos. También se pueden deducir gastos educativos, como colegiaturas y transporte escolar, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos. Otros gastos deducibles incluyen los gastos funerarios, donativos a instituciones autorizadas, intereses de créditos hipotecarios y aportaciones a planes de ahorro para el retiro.
A continuación realizaré un análisis por cada tipo de deducción:
- Gastos Médicos
- ¿Qué son? Son los gastos que haces en doctores, dentistas, hospitales, medicinas (solo las incluidas en la factura del hospital), análisis clínicos, lentes (hasta $2,500 por persona), aparatos médicos y otros gastos relacionados con tu salud.
- ¿Qué más se puede deducir?
- Honorarios de enfermeras.
- Prótesis.
- Análisis y estudios de laboratorio.
- Renta o compra de aparatos de rehabilitación.
- Gastos de hospitalización, como el cuarto y los alimentos.
- Cualquier otro gasto que sea necesario para la atención médica, como el transporte en ambulancia.
- ¿Quién puede deducirlos? Tú, tu cónyuge o concubino(a), tus padres, abuelos, hijos y nietos, siempre y cuando no ganen más de 1 UMA al año ($39,606.36).
- Características: Las facturas deben ser de profesionales con título y cédula profesional.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Honorarios médicos…» o «Gastos médicos por incapacidad…», y que el pago sea con cheque, transferencia o tarjeta.
- Límites: En general, el límite es de 5 UMAs ($198,031.80) o el 15% de tus ingresos, lo que sea menor.
- Recomendaciones:
- Revisa que la factura tenga el «Uso de CFDI» correcto.
- No puedes deducir medicinas de farmacias, ni gastos de mascotas.
- Si tienes seguro de gastos médicos, las primas se deducen aparte.
- Gastos Funerarios
- ¿Qué son? Son los gastos que haces en servicios funerarios para ti o tu familia (cónyuge, padres, abuelos, hijos y nietos).
- ¿Qué tipo de servicios se pueden deducir?
- Ataúd.
- Embalsamamiento.
- Cremación.
- Gastos de velatorio.
- Nicho o fosa.
- Lápida o monumento.
- Transporte del cuerpo.
- Características: Solo se deducen los gastos del año en que se usaron los servicios.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Gastos funerarios».
- Límites: El límite es de 1 UMA ($39,606.36) por persona.
- Recomendaciones:
- No se pueden deducir servicios funerarios a futuro, ni seguros de vida.
- Revisa que la factura tenga el «Uso del CFDI» correcto.
- Donativos
- ¿Qué son? Son las aportaciones que haces a instituciones autorizadas para recibir donativos.
- ¿Qué tipo de instituciones son donatarias autorizadas?
- Organizaciones sin fines de lucro.
- Asociaciones civiles.
- Fundaciones.
- Instituciones educativas.
- Organizaciones religiosas.
- Dependencias de gobierno.
- Características: Deben ser donativos no onerosos ni remunerativos.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Donativos», y que la institución esté autorizada por el SAT.
- Límites: El límite es del 7% de tus ingresos para donativos a instituciones autorizadas, y del 4% para donativos a la Federación.
- Recomendaciones:
- Revisa que la factura tenga el «Uso del CFDI» correcto y que la institución esté autorizada.
- Colegiaturas
- ¿Qué son? Son los pagos que haces por la educación de tus hijos o dependientes económicos, desde preescolar hasta bachillerato.
- Características: La escuela debe tener validez oficial.
- ¿Qué niveles educativos se pueden deducir?
- Preescolar.
- Primaria.
- Secundaria.
- Preparatoria o bachillerato.
- Profesional técnico.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Pagos por servicios educativos», y que el pago sea con cheque, transferencia o tarjeta.
- Límites: Hay un límite anual por cada nivel educativo (preescolar: $14,200, primaria: $12,900, secundaria: $19,900, profesional técnico: $17,100, bachillerato o su equivalente: $24,500 pesos)
- Recomendaciones:
- Revisa que la factura tenga el «Uso del CFDI» correcto y que incluya la información del alumno.
- No se pueden deducir otros gastos escolares como inscripción, reinscripción, útiles, etc.
- Aportaciones Complementarias para el Retiro
- ¿Qué son? Son las aportaciones adicionales que haces a tu Afore para tu retiro.
- ¿Dónde se pueden hacer estas aportaciones?
- Directamente en tu Afore.
- A través de tu patrón (si te descuentan de tu nómina).
- En instituciones financieras autorizadas.
- Características: Deben cumplir con los requisitos de permanencia.
- Requisitos: Recibirás una constancia anual en febrero que se usará para tu declaración.
- Límites: El límite es del 10% de tus ingresos o 5 UMAs ($198,031.80), lo que sea menor.
- Recomendaciones:
- Revisa que la constancia tenga el «Uso del CFDI» como «Aportaciones voluntarias al SAR».
- Primas de Seguros de Gastos Médicos
- ¿Qué son? Son los pagos que haces por seguros de gastos médicos mayores.
- ¿Qué tipo de seguros se pueden deducir?
- Seguros de gastos médicos mayores.
- Seguros de accidentes personales.
- Seguros de enfermedades graves.
- Características: El seguro debe ser complementario o independiente de los servicios de salud públicos.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Primas por seguros de gastos médicos».
- Límites: El límite general es de 5 UMAs ($198,031.80) o el 15% de tus ingresos, lo que sea menor.
- Recomendaciones:
- Revisa que la factura tenga el «Uso del CFDI» correcto.
- No se pueden deducir seguros de vida o de retiro.
- Gastos de Transporte Escolar
- ¿Qué son? Son los pagos que haces por el transporte escolar de tus hijos, si es obligatorio en la escuela.
- ¿Qué se considera transporte escolar obligatorio?
- Cuando la escuela establece en su reglamento que todos los alumnos deben usar el transporte escolar.
- Cuando la escuela se encuentra en una zona donde no hay transporte público accesible.
- Características: El transporte debe ser obligatorio para todos los alumnos.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Gastos de transportación escolar obligatoria», y que el pago sea con cheque, transferencia o tarjeta.
- Límites: El límite general es de 5 UMAs ($198,031.80) o el 15% de tus ingresos, lo que sea menor.
- Recomendaciones:
- Revisa que la factura tenga el «Uso del CFDI» correcto y que el gasto esté separado de otros gastos escolares.
- No se pueden deducir otros gastos de transporte como taxis o gasolina.
- Gastos de Créditos Hipotecarios
- ¿Qué son? Son los intereses reales que pagas por tu crédito hipotecario para comprar o remodelar tu casa.
- ¿Qué instituciones otorgan créditos hipotecarios?
- Bancos.
- Sofoles.
- Infonavit.
- Fovissste.
- Características: El crédito no debe exceder los $5,735,103.00.
- Requisitos: Factura con «Uso del CFDI» como «Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios».
- Límites: El límite general es de 5 UMAs ($198,031.80) o el 15% de tus ingresos, lo que sea menor.
- Recomendaciones:
- Revisa que la factura tenga el «Uso del CFDI» correcto y que incluya la información del inmueble.
- No se pueden deducir otros conceptos como seguros o recargos.
- Cuentas Especiales y Personales para el Ahorro
- ¿Qué son? Son los depósitos que haces en cuentas especiales para tu retiro.
- ¿Qué tipo de cuentas son?
- Planes personales de retiro.
- Fondos de inversión para el retiro.
- Seguros de vida con componente de ahorro para el retiro.
- Características: Deben cumplir con los requisitos de permanencia.
- Requisitos: Recibirás una constancia anual en febrero que se usará para tu declaración.
- Límites: El límite anual es de $152,000.00.
- Recomendaciones:
- Revisa que la constancia tenga el «Uso del CFDI» como «Depósitos en cuentas para el ahorro…».
Las deducciones personales en México no son aplicables a todos los regímenes tributarios.
Régimen Simplificado de Confianza (RESICO): Los contribuyentes que tributan bajo el RESICO no pueden aplicar deducciones personales. Este régimen tiene una mecánica de cálculo de impuestos diferente y simplificada, donde se aplican tasas fijas sobre los ingresos, sin la posibilidad de restar gastos personales.
Otros regímenes: Las personas físicas que tributan en regímenes como el de honorarios, arrendamiento, actividades empresariales, entre otros, sí pueden aplicar deducciones personales, siempre y cuando cumplan con los requisitos y límites establecidos por el SAT.
Es importante recordar que las deducciones personales son un beneficio para las personas físicas que les permite reducir su base gravable y, por lo tanto, el impuesto a pagar. Sin embargo, es fundamental conocer las reglas y restricciones de cada régimen tributario para determinar si se pueden aplicar y en qué medida.
Si tienes dudas si puedes aplicar deducciones personales, te recomiendo consultar a un contador o asesor fiscal, o bien, comunicarte directamente con el SAT.
Espero que esta pequeña guía te sea de utilidad.