Imagina que has dedicado tiempo y esfuerzo a una empresa. La ley laboral en México, a través de la Prima de Antigüedad, reconoce ese compromiso y te otorga una compensación económica al finalizar tu relación de trabajo. Piénsalo como un premio por tus años de servicio.
¿Qué es exactamente la Prima de Antigüedad?
Es un derecho que tienes como trabajador, establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su propósito es recompensarte económicamente por el tiempo que trabajaste en una misma empresa. Este pago se realiza cuando termina tu contrato laboral.
¿Dónde dice la ley que me corresponde esto?
Este derecho está bien fundamentado en la Ley Federal del Trabajo, específicamente en los artículos 162, 485 y 486. Estos artículos son la base legal que asegura que recibas esta prestación.
¿En qué situaciones me pagan la Prima de Antigüedad?
La Prima de Antigüedad se paga en los siguientes casos:
- Separación Voluntaria con Quince Años o Más de Servicio:
- Condición Principal: El trabajador decide renunciar a su empleo de forma voluntaria.
- Requisito Indispensable: El trabajador debe haber cumplido al menos quince años de servicios ininterrumpidos en la empresa.
- Ejemplo:
- Ana ha trabajado en la empresa «Soluciones Creativas S.A. de C.V.» durante 18 años. Decide que es momento de buscar nuevos desafíos profesionales y presenta su renuncia voluntaria. Como ha cumplido más de quince años de servicio, tiene derecho a recibir su prima de antigüedad. El cálculo sería: 18 años * 12 días de salario * (su salario diario).
- Separación por Causa Justificada (Atribuible al Patrón):
- Condición Principal: El trabajador se ve obligado a dejar su empleo debido a una falta grave cometida por el patrón, que justifica la rescisión del contrato de trabajo por parte del empleado (fundamentado en el Artículo 51 de la LFT).
- Requisito: No se exige un tiempo mínimo de antigüedad para tener derecho a la prima en este caso. El simple hecho de que la separación sea por una causa justificada imputable al patrón genera el derecho.
- Ejemplo:
- Carlos ha trabajado en la fábrica «Manufacturas Unidas» durante 5 años. El patrón constantemente le adeuda salarios y lo somete a actos de acoso laboral. Carlos decide rescindir su contrato por causa justificada. A pesar de no haber cumplido los quince años, tiene derecho a la prima de antigüedad debido a la causa de su separación. El cálculo sería: 5 años * 12 días de salario * (su salario diario).
- Separación por Despido (Justificado o Injustificado):
- Condición Principal: El patrón decide dar por terminada la relación laboral con el trabajador, ya sea por una causa justificada (establecida en el Artículo 47 de la LFT) o sin una causa justificada (despido injustificado).
- Requisito: No se exige un tiempo mínimo de antigüedad para tener derecho a la prima en caso de despido. El hecho de ser despedido, independientemente de la razón, genera el derecho a la prima.
- Ejemplos:
- Despido Justificado: María ha trabajado en la tienda «El Buen Vestir» durante 10 años. Comete faltas graves e injustificadas a su trabajo de manera reiterada, lo que lleva al patrón a despedirla justificadamente. Aun así, María tiene derecho a recibir su prima de antigüedad por los 10 años de servicio. El cálculo sería: 10 años * 12 días de salario * (su salario diario).
- Despido Injustificado: Pedro ha trabajado en la constructora «Edificios Sólidos» durante 20 años. Sin motivo aparente ni justificación legal, el patrón le notifica su despido. Pedro tiene derecho a recibir, además de la indemnización por despido injustificado, su prima de antigüedad por los 20 años de servicio. El cálculo sería: 20 años * 12 días de salario * (su salario diario).
- En caso de fallecimiento del trabajador: Si lamentablemente el trabajador fallece, sus beneficiarios legales tienen derecho a recibir este pago como parte de las prestaciones laborales pendientes.
Importante:
- La Prima de Antigüedad está pensada principalmente para trabajadores con contrato por tiempo indeterminado, es decir, aquellos que no tienen una fecha de finalización establecida en su contrato.
¿Cómo se calcula cuánto me toca de Prima de Antigüedad?
El cálculo es bastante sencillo:
- Por cada año completo que trabajaste, te corresponden 12 días de tu salario. Si trabajaste, por ejemplo, 5 años completos, la base para el cálculo será de 5 años x 12 días/año = 60 días de salario.
- Tu salario diario tiene un límite para este cálculo: La ley establece que, para calcular la prima, no se tomará en cuenta un salario diario mayor al doble del salario mínimo general vigente en la zona económica donde trabajas.
- Ejemplo: Si el salario mínimo general en tu zona es de $278.80 pesos diarios (dato para 2025), el doble sería $557.60 pesos. Si tú ganas más de esa cantidad al día, para el cálculo de la prima se tomarán como base $557.60 pesos diarios. Si ganas menos, se tomará tu salario diario real.
¿Tengo que pagar impuestos por la Prima de Antigüedad?
La ley del ISR considera una parte de la Prima de Antigüedad libre de impuestos (ISR). El límite de esta exención es el equivalente a 90 veces el valor de la UMA (Unidad de Medida y Actualización) por cada año que trabajaste.
- Ejemplo: Si trabajaste 10 años y la UMA en 2025 es de $113.14 pesos, la cantidad exenta sería: 90 x $113.14 x 10 = $101,826 pesos. Si tu prima de antigüedad es menor o igual a esta cantidad, no pagarás ISR por ella. Si es mayor, solo pagarás impuesto por la diferencia.
Un detalle a considerar:
- Si trabajaste más de seis meses dentro de un año, la ley considera ese periodo como un año completo para el cálculo de la Prima de Antigüedad y para la exención de impuestos.
¿Qué pasa si no laboré ni siquiera un año de servicio?
La Prima de Antigüedad es una compensación por los años que has trabajado en una empresa. La ley, en su artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, establece que se deben pagar 12 días de salario por cada año de servicio.
Ahora bien, ¿qué pasa si no completas un año entero trabajando? Aquí es donde entra en juego una interpretación importante de la ley, respaldada por la Tesis de Jurisprudencia 243040 Cuarta Sala Séptima Época SCJN “PRIMA DE ANTIGÜEDAD, PAGO PROPORCIONAL DE LA, EN CASO DE SERVICIOS INFERIORES A UN AÑO”. Esta tesis establece que es justo que, si un trabajador deja de laborar antes de cumplir un año de servicio, se le pague la Prima de Antigüedad de forma proporcional al tiempo que sí trabajó.
Imagina que trabajaste 8 meses en una empresa y renunciaste (en los casos donde aplica la prima por renuncia). Aunque no completaste el año, gracias a esta interpretación legal, tendrías derecho a una parte de esos 12 días de salario, calculada según los 8 meses trabajados.
Esta tesis de jurisprudencia viene a aclarar y proteger aún más tus derechos, asegurando que recibas una compensación justa por el tiempo que dedicaste a la empresa, incluso si no alcanzaste a completar un año completo de servicio. Es un reconocimiento de que cada día de trabajo cuenta y debe ser tomado en consideración para el pago de esta importante prestación.
En resumen:
La Prima de Antigüedad es un derecho importante que te protege y reconoce tu tiempo de servicio en una empresa. Entender cuándo y cómo se calcula te ayudará a conocer tus derechos laborales al finalizar tu relación de trabajo.
La fracción III del Artículo 162 de la LFT busca proteger los derechos de los trabajadores con cierta antigüedad, asegurando que reciban una compensación adicional por sus años de servicio en diferentes escenarios de terminación de la relación laboral. La clave para el pago de la prima de antigüedad radica en la duración del servicio (mínimo 15 años en caso de renuncia voluntaria) o en la circunstancia de la separación (causa justificada por el patrón o cualquier tipo de despido).
Casos Prácticos:
Caso Práctico 1: Renuncia Voluntaria (SD > al SMG)
- Datos:
- Años de servicio: 18
- Salario diario: $600.00
- Salario mínimo general (2025): $278.80
- Valor UMA (2025): $113.14
- Cálculo del Salario Base de Prima de Antigüedad:
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Doble del Salario Mínimo General: $278.80 x 2 = $557.60
- Salario Diario ($600.00) es mayor que el doble del SMG.
- Se utiliza el tope del doble del Salario Mínimo General como salario base: $557.60
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Cálculo de la Prima de Antigüedad:
- 12 días por año trabajado por salario base de prima de antigüedad: 12 ×18 × $557.60=$120,340.80
- Cálculo de la Exención Fiscal:
- 90 UMA por cada año de servicio: 90 × $113.14 × 18 = $183,286.80
- La prima de antigüedad ($120,340.80) es menor que la exención fiscal ($183,286.80), por lo tanto, está totalmente exenta de ISR.
Caso Práctico 2: Renuncia Voluntaria (SD < al SMG)
- Datos:
- Años de servicio: 18
- Salario diario: $300.00
- Salario mínimo general 2025: $278.80
- Valor UMA 2025: $113.14
- Cálculo del Salario Base de Prima de Antigüedad:
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Doble del Salario Mínimo General: $278.80 x 2 = $557.60
- Salario Diario ($300.00) es menor que el doble del SMG.
- Se utiliza el Salario Diario como salario base: $300.00
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Cálculo de la Prima de Antigüedad:
- 12 días por año trabajado por salario base de prima de antigüedad: $12 x 18 x $300.00 = $64,800.00
- Cálculo de la Exención Fiscal:
- 90 UMA por cada año de servicio: $90 x $113.14 x 18 = $183,286.80
- La prima de antigüedad ($64,800.00) es menor que la exención fiscal ($183,286.80), por lo tanto, está totalmente exenta de ISR.
Caso Práctico 3: Despido Injustificado (SD > al SMG)
- Datos:
- Años de servicio: 12
- Salario diario: $900.00
- Salario mínimo general (2025): $278.80
- Valor UMA (2025): $113.14
- Cálculo del Salario Base de Prima de Antigüedad:
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Doble del Salario Mínimo General: $278.80 x 2 = 557.60
- Salario Diario ($900.00) es mayor que el doble del SMG.
- Se utiliza el tope del doble del Salario Mínimo General como salario base: 557.60
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Cálculo de la Prima de Antigüedad:
- 12 días por año trabajado por salario base de prima de antigüedad: 12 × 12 × $557.60 = $80,294.40
- Cálculo de la Exención Fiscal:
- 90 UMA por cada año de servicio: 90 × $113.14 × 12 = $122,191.20
- La prima de antigüedad ($80,294.40) es menor que la exención fiscal (122,191.20), por lo tanto, está totalmente exenta de ISR.
Caso Práctico 4: Despido Injustificado (SD < SMG)
- Datos:
- Años de servicio: 12
- Salario diario: $400.00
- Salario mínimo general 2025: $278.80
- Valor UMA 2025: $113.14
- Cálculo del Salario Base de Prima de Antigüedad:
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Doble del Salario Mínimo General: $278.80 x 2 = $557.60
- Salario Diario ($400.00) es menor que el doble del SMG.
- Se utiliza el Salario Diario como salario base: $400.00
- Comparación del Salario Diario vs. Doble del Salario Mínimo General:
- Cálculo de la Prima de Antigüedad:
- 12 días por año trabajado por salario base de prima de antigüedad: $12 x 12 x $400.00 = $57,600.00
- Cálculo de la Exención Fiscal:
- 90 UMA por cada año de servicio: $90 x $113.14 x 12 = $122,191.20
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- La prima de antigüedad ($57,600.00) es menor que la exención fiscal (122,191.20), por lo tanto, está totalmente exenta de ISR.